En esta modalidad, las prestaciones médicas son entregadas por los organismos que integran el Sistema Nacional de Servicios de Salud, sean dependientes del Ministerio de Salud o entidades públicas o privadas con las cuales los Servicios de Salud o Fonasa tengan convenio vigente.
Los servicios de salud son organismos estatales funcionalmente descentralizados y están dotados de personalidad jurídica y patrimonio propio para el cumplimiento de sus fines.
Sus sedes y territorios serán establecidos por decreto supremo del Ministerio de Salud, por orden del Presidente. Se someten a la supervigilancia del Ministerio de Salud y deberán cumplir con las políticas, normas, planes y programas que éste apruebe.
A los Servicios de Salud les corresponde la articulación, gestión y desarrollo de la red asistencial correspondiente, para la ejecución de las acciones integradas de fomento, protección y recuperación de la salud, como también la rehabilitación y cuidados paliativos de las personas enfermas.
La Red Asistencial de cada Servicio de Salud estará constituida por el conjunto de establecimientos asistenciales públicos que forman parte del Servicio, los establecimientos municipales de atención primaria de salud de su territorio y los demás establecimientos públicos o privados que mantengan convenios con el Servicio de Salud respectivo para ejecutar acciones de salud, los cuales deberán colaborar y complementarse entre sí para resolver de manera efectiva las necesidades de salud de la población.
La Red de cada Servicio de Salud se organizará con un primer nivel de atención primaria, compuesto por establecimientos que ejercerán funciones asistenciales en un determinado territorio con población a cargo y otros niveles de mayor complejidad que sólo recibirán derivaciones desde el primer nivel de atención conforme a las normas técnicas que dicte al efecto el Ministerio de Salud, salvo en los casos de urgencia y otros que señalen la ley y los reglamentos.
Atención primaria de salud:
• Centros de salud.
• Centros de salud familiar (CESFAM).
• Centros comunitarios de salud familiar (CECOSF).
• Centros de salud urbano (CSU).
• Centros de salud rural (CSR).
• Consultorios generales.
• Consultorio general urbano (CGU).
• Consultorio general rural (CGR).
• Centros comunitarios de rehabilitación (CCR).
• Postas y estaciones médicas.
• Estación médico rural (EMR).
• Postas de salud rural (PSR).
• Servicios de urgencia.
• Servicio de atención primaria de urgencia (SAPU).
Atención secundaria de salud:
• Centros comunitarios de salud mental familiar (COSAM).
Atención terciaria de salud:
• Consultorios adosados de especialidades: o Centro de referencia de salud (CRS) o Centro de diagnóstico y tratamiento (CDT).
• Hospitales: o alta complejidad (Tipo 1) o Mediana complejidad (Tipo 2 y 3) o baja complejidad (Tipo 4).
En esta modalidad, las prestaciones médicas son entregadas por los organismos que integran el Sistema Nacional de Servicios de Salud, sean dependientes del Ministerio de Salud o entidades públicas o privadas con las cuales los Servicios de Salud o Fonasa tengan convenio vigente.
Los servicios de salud son organismos estatales funcionalmente descentralizados y están dotados de personalidad jurídica y patrimonio propio para el cumplimiento de sus fines.
Sus sedes y territorios serán establecidos por decreto supremo del Ministerio de Salud, por orden del Presidente. Se someten a la supervigilancia del Ministerio de Salud y deberán cumplir con las políticas, normas, planes y programas que éste apruebe.
A los Servicios de Salud les corresponde la articulación, gestión y desarrollo de la red asistencial correspondiente, para la ejecución de las acciones integradas de fomento, protección y recuperación de la salud, como también la rehabilitación y cuidados paliativos de las personas enfermas.
La Red Asistencial de cada Servicio de Salud estará constituida por el conjunto de establecimientos asistenciales públicos que forman parte del Servicio, los establecimientos municipales de atención primaria de salud de su territorio y los demás establecimientos públicos o privados que mantengan convenios con el Servicio de Salud respectivo para ejecutar acciones de salud, los cuales deberán colaborar y complementarse entre sí para resolver de manera efectiva las necesidades de salud de la población.
La Red de cada Servicio de Salud se organizará con un primer nivel de atención primaria, compuesto por establecimientos que ejercerán funciones asistenciales en un determinado territorio con población a cargo y otros niveles de mayor complejidad que sólo recibirán derivaciones desde el primer nivel de atención conforme a las normas técnicas que dicte al efecto el Ministerio de Salud, salvo en los casos de urgencia y otros que señalen la ley y los reglamentos.
Atención primaria de salud:
• Centros de salud.
• Centros de salud familiar (CESFAM).
• Centros comunitarios de salud familiar (CECOSF).
• Centros de salud urbano (CSU).
• Centros de salud rural (CSR).
• Consultorios generales.
• Consultorio general urbano (CGU).
• Consultorio general rural (CGR).
• Centros comunitarios de rehabilitación (CCR).
• Postas y estaciones médicas.
• Estación médico rural (EMR).
• Postas de salud rural (PSR).
• Servicios de urgencia.
• Servicio de atención primaria de urgencia (SAPU).
Atención secundaria de salud:
• Centros comunitarios de salud mental familiar (COSAM).
Atención terciaria de salud:
• Consultorios adosados de especialidades: o Centro de referencia de salud (CRS) o Centro de diagnóstico y tratamiento (CDT).
• Hospitales: o alta complejidad (Tipo 1) o Mediana complejidad (Tipo 2 y 3) o baja complejidad (Tipo 4).
Con el fin de aumentar la cobertura, acceso y oportunidad en la entrega de prestaciones de salud, Fonasa establece convenios con prestadores privados, a través de las tres modalidades establecidas en la Ley de Compra: Convenio Marco, Licitación Pública y Trato Directo.
La diálisis fue priorizada como uno de los primeros problemas de salud incorporados al AUGE/GES dada la brecha de oferta pública, su carácter crónico y de alto costo. Fonasa cuenta con un Convenio Marco para dar cobertura del 100% a sus asegurados con la patología “Enfermedad Renal Crónica Etapa 4 y 5”.
Fonasa a través de una licitación pública, resolvió la atención de patologías integrales agudas o agudizadas que partió en junio del 2017. Los beneficiados y beneficiadas son pacientes en estado crítico que esperan en los hospitales, para ser derivados por la Unidad de Gestión de Camas, dado el déficit de camas en el sector público y la falta de cupo en las emergencias en los hospitales. De esta forma, se lograron convenios con 35 clínicas que prestan servicios para un total de 5131 pacientes al año aproximadamente (de acuerdo a datos del año 2018).
En su rol de Seguro Público y de acuerdo a lo establecido en el Decreto N°4 de 2013, Fonasa tiene la obligación de designar un segundo prestador AUGE/GES en un plazo de dos días, cuando los plazos establecidos en el GES no son posibles de cumplirse por el primer prestador. Es decir, en caso que algún asegurado presente un reclamo por alguna Garantía de Oportunidad incumplida en los plazos establecidos para cada patología, Fonasa dispone de una oferta privada a través de Licitación Pública, para asignar un prestador que pueda cumplir con los plazos establecidos.
El Trato Directo se realiza en caso de oferta faltante en la licitación, como por ejemplo, los Tratos Directos que se están realizando actualmente a 15 prestadores privados, que son un pequeño porcentaje de los prestadores que terminaron su vigencia de contrato por licitación actual y se requieren de sus servicios mientras se adjudica la nueva licitación (abril aprox del 2019).
Con el fin de optimizar la compra de servicios de salud a través de procesos eficientes, Fonasa implementó un Mecanismo de Pago Relacionado a Diagnóstico en una serie de hospitales de la Red Pública de Salud.
Esto permite que, a través de la compra a nivel nacional, los prestadores privados realicen un complemento a la oferta pública para la resolución de patologías agudas o agudizadas, de pacientes en estado crítico y que requieran atención médica o quirúrgica.
Es decir, Fonasa tiene un convenio con prestadores privados de salud donde, según el tipo de diagnóstico, pueden derivar a asegurados que necesiten atención, para la resolución de su patología aguda o agudizada.
Para asegurar la resolución médica integral de los pacientes hasta el egreso de la institución médica, compartiendo el riesgo financiero entre FONASA y los prestadores.
Acuerdos al 2018
| Hospitales incorporados al programa GRD año 2018 |
| 1. Hospital Dr. Juan Noé Crevanni (Arica) |
| 2. Hospital San Pablo (Coquimbo) |
| 3. Hospital Carlos Van Buren (Valparaíso) |
| 4. Hospital Dr. Gustavo Fricke (Viña del Mar) |
| 5. Hospital Del Salvador (Santiago) |
| 6. Hospital de Niños Dr. Luis Calvo Mackenna (Santiago) |
| 7. Hospital Barros Luco Trudeau (Santiago) |
| 8. Hospital Clínico Herminda Martín (Chillán) |
| 9. Hospital Clínico Dr. Guillermo Grant Benavente (Concepción) |
| 10. Hospital Las Higueras (Talcahuano) |
| 11. Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena (Temuco) |
| 12. Hospital de Castro |
| 13. Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames (Iquique) |
| 14. Hospital de San Juan de Dios de los Andes |
| 15. Hospital San Juan de Dios (Santiago) |
| 16. Hospital Presidente Carlos Ibáñez del Campo (Linares) |
| 17. Hospital San José (Coronel) |
| 18. Complejo Asistencial Dr. Víctor Ríos Ruiz (Los Ángeles) |
| 19. Hospital Clínico Regional (Valdivia) |
| 20. Hospital Base de Osorno |
| 21. Hospital de Puerto Montt |
| 22. Hospital Dr. Lautaro Navarro Avaria (Punta Arenas) |
| 23. Hospital Dr. Mauricio Heyermann (Angol) |
| 24. Instituto Nacional de E. Respiratorias y Cirugía Torácica (Santiago) |
| 25. Instituto de Neurocirugía |
Convenio Segundo prestador GES, garantías explicitas de salud. De acuerdo a lo establecido en el artículo 1° de la ley N°19.966, el régimen general de garantías en salud, es un instrumento de regulación sanitaria que forma parte integrante del régimen de prestaciones de salud a que se refiere el artículo 134 del decreto con fuerza de ley N°1, del 2005, del Ministerio de Salud.
Para lograr una correcta y efectiva aplicación del régimen de garantías explicitas de salud, es necesario disponer de una herramienta de compra que complemente la oferta pública de prestaciones médicas en la resolución de los problemas de salud que se establecen en el decreto supremo N°3, de 2016, actualmente vigente.
| Prestadores |
| Clínica Tabancura |
| Centro De Salud Visual R.R. Ltda |
| Clínica Los Andes S.A. |
| Clínica Bicentenario Spa |
| Clínica Alemana de Temuco S.A. |
| Clínica Atacama Sociedad por Acciones |
| Clínica Avansalud Spa |
| Clínica Bio Bio S.A. |
| Bupa Servicios Clínicos S.A. |
| Clínica Ciudad Del Mar S.A. |
| Clínica Dávila y servicios médicos S.A. |
| Clínica de Salud Integral S.A. |
| Clínica Iquique S.A. |
| Clínica Regional Lircay Spa |
| Clínica Universitaria de Puerto Montt S.A. |
| Clínica Los Leones |
| Sociedad Clínica Los Maitenes |
| Clínica Puerto Montt |
| Clínica Puerto Varas |
| Clínica Regional del Elqui S.A. |
| Clínica Portada Spa |
| Clínica Tarapacá |
| Clínica Universitaria de Concepción S.A. |
| Clínica Valparaíso |
| Clínica Oftalmológica Providencia Ltda |
| Edusalud Ltda (UTP Centro de Especialidades Médicas Ltda) |
| Fundación Arturo López Pérez |
| Gerencia Comercial Red de Salud UC Christus (UTP UC Christus Salud Spa – UC Christus Servicios -UC Christus Servicios Ambulatorios Spa Clínicos Spa) |
| Hospital Clínico del Sur Spa |
| Inmobiliaria Inversalud Spa (Hospital Clínico Universidad Mayor) |
| Hospital Clínico Viña del Mar S.A. (UTP Clínica de La Mujer S.A. Centro de Especialidades Médicas Ltda |
| Instituto de Diagnóstico S.A. (Clínica Indisa) |
| Instituto Oftalmológico Integral S.A. |
| Instituto Oftalmológico Profesor Arentse S.A. |
| Kychenthal Médicos Asociados Ltda |
| Mutual De Seguridad Cámara Chilena de la Construcción |
| Nueva Clínica Cordillera Prestaciones Hospitalizadas S.A. (UTP Clínica Cordillera Prestaciones Hospitalizadas Dos) |
| Servisalud S.A. (UTP Servisalud Prestaciones Ambulatorias S.A.) |
| Sociedad Médica de Establecimientos Clínicos de Salud S.A. |
| Universidad de Chile – Hospital Clínico Universidad de Chile (UTP Centro De Especialidades Médicas Ltda) |
Convenio
Segundo prestador GES Licitación 591 – 25 – LR18.
El Convenio Radioterapia, es un instrumento mediante el cual FONASA contrata servicios de Radioterapia a diferentes prestadores para dar respuesta de atención a sus beneficiarios(as).
El Fondo Nacional de Salud, en el cumplimiento de sus funciones como asegurador público, requiere contratar servicios de radioterapia para dar respuesta de atención a sus beneficiarios del libro II del DFL N° 1 de 2005, del Ministerio de Salud. Son personas que se atienden bajo la modalidad de atención institucional que requieren la prestación de tratamiento integral de Radioterapia Oncológica Conformacional 3D, en atención a la disminución de la oferta disponible en la red pública nacional de radioterapia, producto de la detención de funcionamiento de varios equipos que han cumplido su vida útil, situación que se encuentra en vías de reposición
| Prestadores |
| Servicio de Oncología Regional Ltda. |
| Pontificia Universidad Católica de Chile |
| Instituto Oncológico Ltda. |
| Clínica Alemana de Temuco S.A. |
| Prestaciones Médicas Onco-Radioterapia Ltda. |
Convenio
591 – 14 – LR17
Compra a nivel nacional, de servicios de salud con resolución de patologías agudas o agudizadas, a través de mecanismo de pago por Grupos Relacionados por el Diagnóstico “GRD”. Se realiza de acuerdo a un sistema de clasificación que agrupa a los pacientes en base al consumo de recursos que se requieren para su atención y en las características clínicas que presentan.
Para complementar a la Red Pública de Salud, en especial en períodos de congestión en que aumenta la demanda de atención de pacientes en estado crítico, es necesario recurrir a prestadores privadores para el otorgamiento de prestaciones de salud de carácter integral.
| Prestadores |
| Servicios Médicos Tabancura SPA |
| Hospital Clínico Fuerza Aérea de Chile (FACH) |
| Mutual de Seguridad C. Ch.C. |
| Clínica Universitaria de Concepción S.A. |
| Hospital Clínico del Sur |
| Clínica BUPA |
| Clínica Ensenada |
| Clínica Puerto Montt |
| Clínica Chillán S.A. |
| Clínica Lircay |
| Clínica Hospital del Profesor (Edusalud LTDA) |
| Hospital Clínico de la Universidad de Chile |
| Clínica Reñaca S.A. |
| Red Salud UC |
| Clínica Alemana Osorno |
| Clínica Sanatorio Alemán |
| Clínica Indisa |
| Clínica Dávila |
| Clínica Los Carrera |
| Clínica Los Andes S.A. |
| Clínica Isamédica |
| Clínica Colonial |
| Clínica Red Salud Santiago (Bicentenario) |
| Clínica Bío Bío |
| Clínica RedSalud Valparaíso |
| Clínica Vespucio |
| Clínica Ciudad del Mar |
| Hospital Clínico Viña Del Mar |
| Clínica La Portada de Antofagasta |
Convenio
Contratación de servicios de salud de Resolución de Patologías Agudas o Agudizadas de pacientes en estado crítico para Todo tipo de Paciente Adulto, Pediátrico y Neonato en resolución Médica y Médico-quirúrgica.
Con el fin de aumentar la cobertura, acceso y oportunidad en la entrega de prestaciones de salud, Fonasa establece convenios con prestadores privados, a través de las tres modalidades establecidas en la Ley de Compra: Convenio Marco, Licitación Pública y Trato Directo.
La diálisis fue priorizada como uno de los primeros problemas de salud incorporados al AUGE/GES dada la brecha de oferta pública, su carácter crónico y de alto costo. Fonasa cuenta con un Convenio Marco para dar cobertura del 100% a sus asegurados con la patología “Enfermedad Renal Crónica Etapa 4 y 5”.
Fonasa a través de una licitación pública, resolvió la atención de patologías integrales agudas o agudizadas que partió en junio del 2017. Los beneficiados y beneficiadas son pacientes en estado crítico que esperan en los hospitales, para ser derivados por la Unidad de Gestión de Camas, dado el déficit de camas en el sector público y la falta de cupo en las emergencias en los hospitales. De esta forma, se lograron convenios con 35 clínicas que prestan servicios para un total de 5131 pacientes al año aproximadamente (de acuerdo a datos del año 2018).
En su rol de Seguro Público y de acuerdo a lo establecido en el Decreto N°4 de 2013, Fonasa tiene la obligación de designar un segundo prestador AUGE/GES en un plazo de dos días, cuando los plazos establecidos en el GES no son posibles de cumplirse por el primer prestador. Es decir, en caso que algún asegurado presente un reclamo por alguna Garantía de Oportunidad incumplida en los plazos establecidos para cada patología, Fonasa dispone de una oferta privada a través de Licitación Pública, para asignar un prestador que pueda cumplir con los plazos establecidos.
El Trato Directo se realiza en caso de oferta faltante en la licitación, como por ejemplo, los Tratos Directos que se están realizando actualmente a 15 prestadores privados, que son un pequeño porcentaje de los prestadores que terminaron su vigencia de contrato por licitación actual y se requieren de sus servicios mientras se adjudica la nueva licitación (abril aprox del 2019).
Con el fin de optimizar la compra de servicios de salud a través de procesos eficientes, Fonasa implementó un Mecanismo de Pago Relacionado a Diagnóstico en una serie de hospitales de la Red Pública de Salud.
Esto permite que, a través de la compra a nivel nacional, los prestadores privados realicen un complemento a la oferta pública para la resolución de patologías agudas o agudizadas, de pacientes en estado crítico y que requieran atención médica o quirúrgica.
Es decir, Fonasa tiene un convenio con prestadores privados de salud donde, según el tipo de diagnóstico, pueden derivar a asegurados que necesiten atención, para la resolución de su patología aguda o agudizada.
Para asegurar la resolución médica integral de los pacientes hasta el egreso de la institución médica, compartiendo el riesgo financiero entre FONASA y los prestadores.
Acuerdos al 2018
| Hospitales incorporados al programa GRD año 2018 |
| 1. Hospital Dr. Juan Noé Crevanni (Arica) |
| 2. Hospital San Pablo (Coquimbo) |
| 3. Hospital Carlos Van Buren (Valparaíso) |
| 4. Hospital Dr. Gustavo Fricke (Viña del Mar) |
| 5. Hospital Del Salvador (Santiago) |
| 6. Hospital de Niños Dr. Luis Calvo Mackenna (Santiago) |
| 7. Hospital Barros Luco Trudeau (Santiago) |
| 8. Hospital Clínico Herminda Martín (Chillán) |
| 9. Hospital Clínico Dr. Guillermo Grant Benavente (Concepción) |
| 10. Hospital Las Higueras (Talcahuano) |
| 11. Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena (Temuco) |
| 12. Hospital de Castro |
| 13. Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames (Iquique) |
| 14. Hospital de San Juan de Dios de los Andes |
| 15. Hospital San Juan de Dios (Santiago) |
| 16. Hospital Presidente Carlos Ibáñez del Campo (Linares) |
| 17. Hospital San José (Coronel) |
| 18. Complejo Asistencial Dr. Víctor Ríos Ruiz (Los Ángeles) |
| 19. Hospital Clínico Regional (Valdivia) |
| 20. Hospital Base de Osorno |
| 21. Hospital de Puerto Montt |
| 22. Hospital Dr. Lautaro Navarro Avaria (Punta Arenas) |
| 23. Hospital Dr. Mauricio Heyermann (Angol) |
| 24. Instituto Nacional de E. Respiratorias y Cirugía Torácica (Santiago) |
| 25. Instituto de Neurocirugía |
Convenio Segundo prestador GES, garantías explicitas de salud. De acuerdo a lo establecido en el artículo 1° de la ley N°19.966, el régimen general de garantías en salud, es un instrumento de regulación sanitaria que forma parte integrante del régimen de prestaciones de salud a que se refiere el artículo 134 del decreto con fuerza de ley N°1, del 2005, del Ministerio de Salud.
Para lograr una correcta y efectiva aplicación del régimen de garantías explicitas de salud, es necesario disponer de una herramienta de compra que complemente la oferta pública de prestaciones médicas en la resolución de los problemas de salud que se establecen en el decreto supremo N°3, de 2016, actualmente vigente.
| Prestadores |
| Clínica Tabancura |
| Centro De Salud Visual R.R. Ltda |
| Clínica Los Andes S.A. |
| Clínica Bicentenario Spa |
| Clínica Alemana de Temuco S.A. |
| Clínica Atacama Sociedad por Acciones |
| Clínica Avansalud Spa |
| Clínica Bio Bio S.A. |
| Bupa Servicios Clínicos S.A. |
| Clínica Ciudad Del Mar S.A. |
| Clínica Dávila y servicios médicos S.A. |
| Clínica de Salud Integral S.A. |
| Clínica Iquique S.A. |
| Clínica Regional Lircay Spa |
| Clínica Universitaria de Puerto Montt S.A. |
| Clínica Los Leones |
| Sociedad Clínica Los Maitenes |
| Clínica Puerto Montt |
| Clínica Puerto Varas |
| Clínica Regional del Elqui S.A. |
| Clínica Portada Spa |
| Clínica Tarapacá |
| Clínica Universitaria de Concepción S.A. |
| Clínica Valparaíso |
| Clínica Oftalmológica Providencia Ltda |
| Edusalud Ltda (UTP Centro de Especialidades Médicas Ltda) |
| Fundación Arturo López Pérez |
| Gerencia Comercial Red de Salud UC Christus (UTP UC Christus Salud Spa – UC Christus Servicios -UC Christus Servicios Ambulatorios Spa Clínicos Spa) |
| Hospital Clínico del Sur Spa |
| Inmobiliaria Inversalud Spa (Hospital Clínico Universidad Mayor) |
| Hospital Clínico Viña del Mar S.A. (UTP Clínica de La Mujer S.A. Centro de Especialidades Médicas Ltda |
| Instituto de Diagnóstico S.A. (Clínica Indisa) |
| Instituto Oftalmológico Integral S.A. |
| Instituto Oftalmológico Profesor Arentse S.A. |
| Kychenthal Médicos Asociados Ltda |
| Mutual De Seguridad Cámara Chilena de la Construcción |
| Nueva Clínica Cordillera Prestaciones Hospitalizadas S.A. (UTP Clínica Cordillera Prestaciones Hospitalizadas Dos) |
| Servisalud S.A. (UTP Servisalud Prestaciones Ambulatorias S.A.) |
| Sociedad Médica de Establecimientos Clínicos de Salud S.A. |
| Universidad de Chile – Hospital Clínico Universidad de Chile (UTP Centro De Especialidades Médicas Ltda) |
Convenio
Segundo prestador GES Licitación 591 – 25 – LR18.
El Convenio Radioterapia, es un instrumento mediante el cual FONASA contrata servicios de Radioterapia a diferentes prestadores para dar respuesta de atención a sus beneficiarios(as).
El Fondo Nacional de Salud, en el cumplimiento de sus funciones como asegurador público, requiere contratar servicios de radioterapia para dar respuesta de atención a sus beneficiarios del libro II del DFL N° 1 de 2005, del Ministerio de Salud. Son personas que se atienden bajo la modalidad de atención institucional que requieren la prestación de tratamiento integral de Radioterapia Oncológica Conformacional 3D, en atención a la disminución de la oferta disponible en la red pública nacional de radioterapia, producto de la detención de funcionamiento de varios equipos que han cumplido su vida útil, situación que se encuentra en vías de reposición
| Prestadores |
| Servicio de Oncología Regional Ltda. |
| Pontificia Universidad Católica de Chile |
| Instituto Oncológico Ltda. |
| Clínica Alemana de Temuco S.A. |
| Prestaciones Médicas Onco-Radioterapia Ltda. |
Convenio
591 – 14 – LR17
Compra a nivel nacional, de servicios de salud con resolución de patologías agudas o agudizadas, a través de mecanismo de pago por Grupos Relacionados por el Diagnóstico “GRD”. Se realiza de acuerdo a un sistema de clasificación que agrupa a los pacientes en base al consumo de recursos que se requieren para su atención y en las características clínicas que presentan.
Para complementar a la Red Pública de Salud, en especial en períodos de congestión en que aumenta la demanda de atención de pacientes en estado crítico, es necesario recurrir a prestadores privadores para el otorgamiento de prestaciones de salud de carácter integral.
| Prestadores |
| Servicios Médicos Tabancura SPA |
| Hospital Clínico Fuerza Aérea de Chile (FACH) |
| Mutual de Seguridad C. Ch.C. |
| Clínica Universitaria de Concepción S.A. |
| Hospital Clínico del Sur |
| Clínica BUPA |
| Clínica Ensenada |
| Clínica Puerto Montt |
| Clínica Chillán S.A. |
| Clínica Lircay |
| Clínica Hospital del Profesor (Edusalud LTDA) |
| Hospital Clínico de la Universidad de Chile |
| Clínica Reñaca S.A. |
| Red Salud UC |
| Clínica Alemana Osorno |
| Clínica Sanatorio Alemán |
| Clínica Indisa |
| Clínica Dávila |
| Clínica Los Carrera |
| Clínica Los Andes S.A. |
| Clínica Isamédica |
| Clínica Colonial |
| Clínica Red Salud Santiago (Bicentenario) |
| Clínica Bío Bío |
| Clínica RedSalud Valparaíso |
| Clínica Vespucio |
| Clínica Ciudad del Mar |
| Hospital Clínico Viña Del Mar |
| Clínica La Portada de Antofagasta |
Convenio
Contratación de servicios de salud de Resolución de Patologías Agudas o Agudizadas de pacientes en estado crítico para Todo tipo de Paciente Adulto, Pediátrico y Neonato en resolución Médica y Médico-quirúrgica.
Descripción Convenio de Establecimientos de Larga Estadía para Adultos Mayores (ELEAM). En el cumplimiento de sus funciones como asegurador público, FONASA requiere contratar el servicio de prestaciones de atenciones de salud mensual integral para personas mayores en establecimientos de larga estadía (ELEAM) a nivel nacional, para dar respuesta sanitaria a sus beneficiarios del Libro II del DFL N°1 de 2005, del Ministerio de Salud, que se atienden bajo la Modalidad de Atención Institucional. Lo anterior, en atención a la falta de oferta disponible en la “Red Pública Nacional Establecimientos de Larga Estadía para Adulto Mayor”. Los ELEAM constituyen una red de apoyo y protección para las personas mayores residentes y se inscriben en una red de continuidad de cuidados, junto con los establecimientos de salud y otras instituciones de carácter público que proveen servicios a población adulta mayor. Esto se enmarca en un contexto de envejecimiento avanzado y acelerado de nuestra población y la consecuencia en el perfil epidemiológico caracterizado por la mayor prevalencia de enfermedades crónicas y de procesos de dependencia progresiva
Para complementar la oferta pública y dar respuesta de carácter sanitario a los beneficiarios del Libro II del DFL N°1/2005 que se atienden bajo la Modalidad de Atención Institucional, que requieren la prestación de atenciones de salud integral para personas mayores en establecimientos de larga estadía (ELEAM).
| Prestadores |
| Fundación Las Rosas de Ayuda Fraterna |
| Congregación Pequeña Obra de la Divina Providencia |
| Fundación de Beneficencia Hogar de Cristo |
Convenio
Convenio de Establecimientos de Larga Estadía para Adultos Mayores (ELEAM) 591-1-LR19.
Descripción Convenio de Establecimientos de Larga Estadía para Adultos Mayores (ELEAM). En el cumplimiento de sus funciones como asegurador público, FONASA requiere contratar el servicio de prestaciones de atenciones de salud mensual integral para personas mayores en establecimientos de larga estadía (ELEAM) a nivel nacional, para dar respuesta sanitaria a sus beneficiarios del Libro II del DFL N°1 de 2005, del Ministerio de Salud, que se atienden bajo la Modalidad de Atención Institucional. Lo anterior, en atención a la falta de oferta disponible en la “Red Pública Nacional Establecimientos de Larga Estadía para Adulto Mayor”. Los ELEAM constituyen una red de apoyo y protección para las personas mayores residentes y se inscriben en una red de continuidad de cuidados, junto con los establecimientos de salud y otras instituciones de carácter público que proveen servicios a población adulta mayor. Esto se enmarca en un contexto de envejecimiento avanzado y acelerado de nuestra población y la consecuencia en el perfil epidemiológico caracterizado por la mayor prevalencia de enfermedades crónicas y de procesos de dependencia progresiva
Para complementar la oferta pública y dar respuesta de carácter sanitario a los beneficiarios del Libro II del DFL N°1/2005 que se atienden bajo la Modalidad de Atención Institucional, que requieren la prestación de atenciones de salud integral para personas mayores en establecimientos de larga estadía (ELEAM).
| Prestadores |
| Fundación Las Rosas de Ayuda Fraterna |
| Congregación Pequeña Obra de la Divina Providencia |
| Fundación de Beneficencia Hogar de Cristo |
Convenio
Convenio de Establecimientos de Larga Estadía para Adultos Mayores (ELEAM) 591-1-LR19.