• Personas
  • Empleadores
  • Prestadores
Fonasa
Quiero ser Fonasa
Mi Fonasa
  • Inicio
  • Cobertura de Salud
  • Epidermólisis Bullosa (EB) distrófica y Juntural

Epidermólisis Bullosa (EB) distrófica y Juntural

Examen de Confirmación

Sin examen de confirmación garantizado.

Garantía Confirmación diagnóstica indispensable

No hay garantía de confirmación diagnóstica asociada a este problema de salud.

Medicamento de alto costo

  • Dispositivos de uso médico para curaciones.

Garantía Inicio de tratamiento

  1. Las personas con Epidermólisis Bullosa Distrófica o Juntural que cumplan con los criterios de inclusión establecidos en el protocolo de esta condición de salud, harán uso del beneficio específico de dispositivos de uso médico para curaciones, según los siguientes plazos:
      1. En recién nacidos con sospecha diagnóstica de Epidermólisis Bullosa Distrófica o Juntural, en las primeras 24 horas de vida.
      2. En personas con diagnóstico confirmado de Epidermólisis Bullosa Distrófica o Juntural infectados, hospitalizados o con indicación de cirugía, en un plazo no mayor a 48 horas, una vez validada la solicitud por parte del Comité de Expertos Clínicos del Prestador Aprobado.
      3. En personas con diagnóstico confirmado de Epidermólisis Bullosa Distrófica o Juntural, en un plazo no mayor a 30 días, una vez validada la solicitud por parte del Comité de Expertos Clínicos del Prestador Aprobado.
  2. Continuidad de atención y control, en conformidad a lo establecido en el protocolo de esta condición de salud.
Examen de Confirmación

Examen de Confirmación

Sin examen de confirmación garantizado.

Garantía Confirmación diagnóstica indispensable

Garantía Confirmación diagnóstica indispensable

No hay garantía de confirmación diagnóstica asociada a este problema de salud.

Medicamento de alto costo

Medicamento de alto costo

  • Dispositivos de uso médico para curaciones.
Garantía Inicio de tratamiento

Garantía Inicio de tratamiento

  1. Las personas con Epidermólisis Bullosa Distrófica o Juntural que cumplan con los criterios de inclusión establecidos en el protocolo de esta condición de salud, harán uso del beneficio específico de dispositivos de uso médico para curaciones, según los siguientes plazos:
      1. En recién nacidos con sospecha diagnóstica de Epidermólisis Bullosa Distrófica o Juntural, en las primeras 24 horas de vida.
      2. En personas con diagnóstico confirmado de Epidermólisis Bullosa Distrófica o Juntural infectados, hospitalizados o con indicación de cirugía, en un plazo no mayor a 48 horas, una vez validada la solicitud por parte del Comité de Expertos Clínicos del Prestador Aprobado.
      3. En personas con diagnóstico confirmado de Epidermólisis Bullosa Distrófica o Juntural, en un plazo no mayor a 30 días, una vez validada la solicitud por parte del Comité de Expertos Clínicos del Prestador Aprobado.
  2. Continuidad de atención y control, en conformidad a lo establecido en el protocolo de esta condición de salud.
Fonasa Gobierno de Chile
  • Condiciones de uso
  • Uso de cookies
  • Accesibilidad
  • Mapa del sitio
Gobierno de Chile

Síguenos:

  • INFORMACIÓN INSTITUCIONAL
  • Conoce Fonasa
  • Equipo Directivo y Organigrama
  • Bases de datos, informes y documentos
  • Trabaja con nosotros
  • Patrimonio Fonasa
  • TRANSPARENCIA
  • Ley de lobby
  • Gobierno transparente
  • Solicitud de información por Ley de transparencia
  • Accesos a compras públicas
  • COMUNÍCATE CON FONASA
  • Sucursales y puntos de contacto
  • Consultas, reclamos y sugerencias
  • Participación ciudadana
  • INSTITUCIONES RELACIONADAS
  • Ministerio de Salud
  • Superintendencia de Salud
  • CENABAST
  • ISP
  • ChileAtiende