Para acceder a esta prestación PAD se efectúa de manera espontánea o derivado por algún miembro del equipo de salud, es necesario que la institución de salud elegida cuente con la prestación en convenio, además como requisito mínimo debe profesional tener profesional nutricionista certificado en la Superintendencia de Salud, pudiendo requerir de manera adicional, profesionales Enfermeras (os) y/o Psicólogos (as).
La restricción en cuanto a edad, irá desde los 7 meses a 72 meses de edad y se podrán comprar 2 PAD anual a nombre del menor beneficiario, durante ese periodo.